El Ministerio del Trabajo reglamentó el trabajo remoto, modalidad en la que no hay una interacción física del trabajador con el empleador.
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El decreto 555 de 2022 llena vacíos que existían en la práctica del trabajo remoto. El decreto fijó las obligaciones de las Administradoras de Riesgos Laborales en este tipo de contrato.
El ministerio determina como serán las compensaciones por el uso de equipos y conectividad. La regulación establece las condiciones para realizar un contrato remoto y las cláusulas que debe incorporar.
Juan González lleva 10 años en el trabajo remoto y aunque hasta ahora se da la reglamentación su experiencia ha sido buena.
El empleado y el empleador determinan cuáles son los motivos por los que se debe asistir de manera presencial. Juan llegó a un acuerdo con su empleador para la compensación de sus recursos.
El trabajo se realiza por objetivos pero asegura que el mismo se pone los límites para no exceder los tiempos de trabajo.