Según el Ministerio de Trabajo, los empleadores tendrán hasta el 20 de diciembre para el pago de la prima.
Trabajadores dependientes con contrato de trabajo tienen derecho al pago total o proporcional de la prima de servicios.
“La prima se cancelará en dos pagos: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar el 20 de diciembre. Sin embargo, el empleador puede optar por pagarla antes de esa fecha”, explicó el ministro del trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez.
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Hasta 5 mil millones de pesos podría ser la sanción para empleadores que no paguen o incumplan con la prima de servicios a sus trabajadores
Así mismo, si el contrato de trabajo se termina y el empleador no paga la prima de servicios junto con los demás pagos laborales adeudados, puede causarse una indemnización moratoria a la que se refiere el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
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