La Corte Constitucional estableció límites a los grupos laborales de Whatsapp.
Quienes quedan disponibles y atentos a la mensajería instantánea en horas no laborales, tendrán derecho a que se les paguen como horas extras.
Según los expertos en derecho laboral, esta situación es común de los empleadores que desconocen las limitaciones de las nuevas tecnologías.
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