Tengan cuidado a la hora de prestar su vehículo.
La Secretaría de Movilidad de Medellín informa que, los propietarios de los vehículos que presenten comparendos por fotodetección son quienes deben responder ante las autoridades, incluso cuando no eran quienes conducían.
Esto, según la sentencia C-321 de 2022 de la Corte Constitucional, aplicada en el país debido a la responsabilidad que se adquiere al comprar un carro o moto y se pone a rodar en las vías de la ciudad.
La sentencia declaró constitucional el artículo 10 de la Ley 2161 de 2021, que establece los deberes de los propietarios de vehículos, como tener el SOAT al día, la revisión técnico-mecánica vigente, no exceder los límites de velocidad permitidos, respetar la luz roja del semáforo y transitar por lugares y en horarios permitidos.
“Recordemos que al momento de circular debemos tener los documentos al día, como la revisión técnico mecánica y SOAT vigente. Tengan precaución a la hora de prestar el vehículo, ya que pueden verse inmersos en un proceso administrativo sancionatorio por las conductas omisivas de quien vaya conduciendo, así evitarnos inmovilizaciones y sanciones”; reiteró la subsecretaria legal de la Secretaría de Movilidad, Rosa Ramírez.
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#Hora13Noticias-El hombre era requerido por orden judicial.😳👀
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