No caiga en los delitos electorales, estos lo pueden llevar a pagar desde multas y penas en establecimientos carcelarios
De los 11 delitos electorales contemplados en la ley colombiana, hay tres que son en los que más se incurren como perturbación de la jornada electoral, inducir a los votantes y realizar actos de proselitismo a los alrededores de los puestos de votación.
En Hora 13 Noticias consultamos a un experto para que explique en qué consisten estas faltas.
Cometer delitos electorales puede ser fácil debido a que las personas los desconocen, o no creen que este tipo de conductas los puedan llevar a la cárcel.
Los jurados de votación tampoco están exentos de cometer faltas durante las elecciones 2023.
Hernando Elí Grisales, Abogado Penalista mencionó “Cuando una persona sorprendida en posesión de varias cédulas en el proceso electoral, incurre entonces en el delito de retención ilegal de documento identidad, que es la cédula la que habilita entonces para ejercer el derecho al voto. El otro delito es cuando una persona con propósito de lujo recibe dinero o cualquier otra dádiva con la promesa de hacer que un grupo de personas voten por determinado candidato”.
Estos son los 11 delitos electorales contemplados en la ley colombiana:
- Perturbación de las elecciones
- Presión al votante
- Engaño al votante
- Trasteo de votos o electores
- Compra y venta de votos
- Suplantación de votantes
- Complicidad de voto fraudulento
- Mora en la entrega de documentos relacionados con la votación
- Alteración de resultados electorales
- Retención ilícita de cédula
- Negativa de inscripción
Cualquier ciudadano que tenga conocimiento de estos delitos los puede denunciar en el mismo centro de votación ante la autoridad competente
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